Buenas tardes Brigitte, mi pregunta es:
Puede una abuela constelar a su nieto de 6 años, para que el nieto deje de reemplazar al abuelo fallecido y rechazado (marido de esta abuela) o tiene que hacerlo los padres del menor?
Gracias de antemano.
Un cordial saludo
Muchas Gracias Por la información y por todo lo que tan generosamente compartes.
Me surgió una duda al leer el libro de los ejercicios sistémicos en la siguiente explicación:
«la prioridad de los hijos fuera de la familia oficial, tienen prioridad, sino se paga un alto precio por no respetarlo»
No entiendo muy bien a lo que se refiere.
Gracias, Un cordial saludo.
Hola Beatriz, cuando se tiene hijos fuera de la familia oficial, es necesario incluirlos y atenderlos, si no, el precio es muy caro…
Muy cordialmente
Hola Beatriz,
los abuelos tienen el permiso de constelar a sus nietos.
Será mas eficaz que consteles sin hipótesis previa.
Constela el malestar de tu nieto, ya se verá lo que surge.
Muy cordialmente